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31/12/2015

Se publicaron en el Diario Oficial de Galicia 5 órdenes a través de las que se regulan y convocan las subvencionespara 2016 sobre 5 tipos de  actuaciones de rehabilitación de edificios:

 

  1. Subvenciones para la renovación de cubiertas con teja cerámica.
  2. Subvenciones para la renovación de fachadas y cubiertas de pizarra.
  3. Subvenciones para la rehabilitación de las fachadas con granito.
  4. Subvenciones para la renovación de ventanas.
  5. Subvenciones para la renovación de ascensores.

 

 

1. RENOVACIÓN DE CUBIERTAS DE TEJA CERÁMICA

La actuación subvencionable será la renovación de cubiertas existente de viviendas o edificios de vivienda colectiva, así como en sus edificaciones anexas, por una cubierta de teja cerámica. 

Máximo 55 €/m2. La cantidad máxima de subvención es el 40 % de los gastos suvbencionables (iva incluído).

 

 

2. RENOVACIÓN DE FACHADAS Y CUBIERTAS DE PIZARRA

La actuación subvencionable será la renovación de fachadas y cubiertas existente de viviendas o edificios de vivienda colectiva, así como en sus edificaciones anexas, por una fachada o cubierta de pizarra. 

Máximo 70 €/m2. La cantidad máxima de subvención es el 40 % de los gastos suvbencionables (iva incluído).

 

 

3. REHABILITACIÓN DE FACHADAS CON GRANITO

La actuación subvencionable será la rehabilitación con granito de la envolvente de las fachadas existentes de viviendas o edificios de vivienda colectiva. No se admitirán las solicitudes que consistan en la realización de obras o trabajos de rehabilitaciones parcialesde la fachada. Los tipos de fachada o envolventes térmicas subvencionables son:

 

Fachadas pegadas de granito: compuesta de placas de granito pegadas con morteroso adhesivos a la estructura soporte, y sujetas con anclajes de varilla como elemento de seguridad.

Máximo 110 €/m2. La cantidad máxima de subvención es el 40 % de los gastos suvbencionables (iva incluído). Máximo 12.000 € por vivienda unifamiliar aislada.

 

Fachadas trasventiladas de granito: compuesta de placas de granito fijadas a la estructurasoporte mediante un sistema de anclaje, existiendo entre ellas una cámara de aire y unmaterial aislante.

Máximo 140 €/m2. La cantidad máxima de subvención es el 40 % de los gastos suvbencionables (iva incluído). Máximo 12.000 € por vivienda unifamiliar aislada.

 

Fachadas de perpiaño: compuesta de perpiaño de granito de espesor aproximadoentre 6 y 12 cm, una cámara de aire, un aislamiento y una estructura interior. Las piezas de granitoestarán unidas a la estructura interior mediante anclajes puntuales de seguridad.

Máximo 130 €/m2. La cantidad máxima de subvención es el 40 % de los gastos suvbencionables (iva incluído). Máximo 12.000 € por vivienda unifamiliar aislada.

 

 

​4. RENOVACIÓN DE VENTANAS 

La actuación subvencionable contempla la retirada de ventanas existentes, la fabricación ventanas nuevas y la instalación. No entrarían las Velux.

Máximo 100 €/m2 por ventana. Máximo 3.000 € por vivienda. Máximo el 25% del total de la obra.

 

 

5. RENOVACIÓN DE ASCENSORES

La actuación subvencionable la renovación total o parcial de ascensoresexistentes pertenecientes a comunidades de propietarios de edificios de viviendas en régimen de propiedad horizontal.

Es necesaria una inversión mínima de 5.000 € para una subvención de 50 % de la inversión por ascensor y un máximo de 10.000 euros por ascensor y 20.000 euros por comunidad. 

 

 

- Plazos para la presentación de solicitudes:

 

Salvo en el caso del Plan Renove Ventanas, el plazo de presentación de solicitudes de ayudas será desde el 20 de enero al 20 de abril de 2016, ambos incluídos.

 

Para la solicitud de ayudas para la renovación de ventanas, el plazo de presentación comenzará el día 1 de marzo y finalizará el 30 de septiembre de 2016, dado que de forma previa, a partir del día 1 de febrero las empresas tendrán 5 días hábiles para solicitar su adhesión como entidades colaboradoras a través de las que gestionar estas ayudas.

 

 

- Solicitudes:

 

Si estás interesado en la solicitud de alguna de estas ayudas, no dudes en consultarnos.

 

CONSULTA SIN COMPROMISO.

 

Telf:       686 25 40 14

 

e-mail:  mjdevesa@coag.es.

 

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